VIDEO/ Corte de Apelación revoca orden que impedía a Jefte Ventura acercarse a estaciones de Petromovil


SAN PEDRO DE MACORÍS.-La Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís revocó en su totalidad la orden de alejamiento que impedía a Jefte Rafael Ventura Jiménez acercarse a menos de 1,000 metros de las instalaciones de Petromovil, S.A., así como del querellante Crisyael Montilla Martínez.

La medida había sido dictada el 25 de marzo de 2026 por la magistrada Mary C. Castillo Germán, jueza del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Altagracia. Durante el conocimiento del recurso de apelación Petromovil defendió que la orden debía mantenerse, planteamiento que finalmente no fue acogido por la Corte.

La defensa de Ventura Jiménez, encabezada por el licenciado Yan Carlos Martínez Segura, quien suscribió el recurso junto al doctor Félix Humberto Portes Núñez argumentó que ni el Ministerio Público ni Petromovil, S.A. habían solicitado la orden de alejamiento y que su imposición contravenía el artículo 232, párrafo III, del Código Procesal Penal.

Según la defensa dicha disposición no autoriza al juez a imponer una medida más grave que la solicitada ni una cuyo cumplimiento resulte imposible. El recurso fue depositado el 20 de abril de 2026.

La Corte de Apelación acogió los planteamientos de la defensa y revocó la orden por considerar que su imposición vulneró el debido proceso y la referida disposición del Código Procesal Penal.

Como parte del proceso fue presentado un informe técnico que estableció que la distancia entre la estación frontal de Petromovil Castillo Premium y la residencia de Ventura Jiménez era de 697.70 metros, según la cartografía, y de 733.07 metros mediante una medición realizada en campo desde la otra referencia.

Ambas distancias son inferiores a los 1,000 metros establecidos en la orden de alejamiento respecto de Petromovil, S.A. en toda su extensión.

Ventura Jiménez, productor del espacio Hablando de Vehículos, ha divulgado durante años resultados sobre la calidad del combustible en estaciones de distintas marcas, sin limitar sus publicaciones a Petromovil, S.A. La defensa ha sostenido que alrededor del 50 % de las 965 estaciones inspeccionadas entre diciembre de 2022 y agosto de 2023 no cumplía con la NORDOM 476, información cuyo informe fue objeto de una solicitud de acceso ante el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes.

El abogado Yan Carlos Martínez Segura sostuvo que la orden dictada en Higüey no solo había sido impuesta sin ser solicitada, sino que además impedía a Ventura Jiménez permanecer en su residencia debido a la distancia establecida.

“La magistrada de Higüey dictó a favor de Petromovil, un alejamiento que no fue solicitado y que impedía al señor Ventura Jiménez permanecer en su residencia. Durante la audiencia, Petromovil defendió que la medida debía mantenerse y ese planteamiento fue derrotado. La Corte de San Pedro de Macorís acogió nuestro planteamiento y lo revocó. Continúa también la divulgación de los informes oficiales, en interés del consumidor”, expresó Martínez Segura.

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