Mi abuelo, campesino humilde del sur profundo, sabía de motivación;
solía enviarme a la bodega a comprar café y tabaco. Al final de la
encomienda me motivaba con una moneda y la siguiente frase: “mi nieto es
buen soldao”
Nunca supe con precisión el significado de la frase, pero deducía
que debía ser algo bueno, pues me lo decía casi siempre dándome una
moneda y una caricia. Además, no escatimaba esfuerzo para manifestarlo
delante de los amigos que solían visitarle para tomarse un café que en
el patio delantero de su rancho hacía cada noche
Un día pensando en él, me llegó la frase “buen soldao” y la entendí
a plenitud. Mi abuelo me decía que yo era un buen soldado. ¡Claro que
sí! Nunca le dije que mandara a otro, estaba presto hacerle la
encomienda, es más me gustaba hacerle el mandado, iba rápido y
diligente, traía lo que me enviaba a buscar en el tiempo más rápido que
me permitían las circunstancia. Si lo mandado a buscar no estaba en una
bodega iba a otra. Mi abuelo estaba conforme conmigo y más que eso
estaba contento de que yo fuera su nieto y probablemente su nieto
preferido.
Un buen soldado consciente, valiente y disciplinado. La frase se la
escuché al profesor Juan Bosch. La leí en uno de los cuadernillos de
formación política. El profesor estaba manifestando las aspiraciones de
un hombre íntegro como lo era, que es más mucho más que ser honesto.
Hoy empleo la frase literalmente, no sólo para lo de soldado
stricto sensu, sino lato sensu, o sea en sentido amplio para militares y
policías.
Cuando leo el artículo 253 y lo comparo con el 256 de la
Constitución, infiero exactamente lo mismo, pero el primero (253) se
refiere a los militares o sea los miembros de las Fuerzas Armadas, aquí
se habla de la carrera Militar y el segundo (256) a la Policía Nacional,
o sea, a la carrera Policial.
El párrafo 3 del artículo 252 de la Constitución Dominicana
establece que los militares son esencialmente obedientes al poder civil,
apartidista y no tienen facultad en ningún caso, para deliberar.
Lo mismo dispone el artículo 255, pero en relación a la Policía
Nacional cuando expresa que: “obedientes al poder civil, apartidista y
no tienen facultad en ningún caso, para deliberar”.
Obedientes, apartidista y no deliberativos, son elementos comunes
del conjunto. La obediencia viene de la concienciación de roles,
derechos y deberes. El saber quién se es, y para que se existe y dentro
de eso, qué debo y qué me deben. ¿Cuáles son mis obligaciones y cuáles
mis derechos?
Hay otros elementos comunes a ambos órganos: No deliberativas, Las
Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, no están para juzgar
políticamente si una decisión es buena o no, si es correcta o
incorrecta. (Aunque lo obvio jamás coincide con el oprobio). Están para
ejecutar, hasta que los organismos competentes decidan si la decisión es
o no es constitucional. En ese caso estan para defender la
Constitución la institucionalidad, pues el inciso 1 del artículo 252,
dispone que su misión es defender la independencia y soberanía nacional,
la integridad de sus espacios geográficos, la Constitución y las
instituciones de la República.
Lo de apartidistas, no necesita ninguna explicación. Una cosa es
el gobierno y sus instituciones y otra el partido que lo sustenta (Nos
comemos el guineo Jamás la cáscara que lo envuelve). No debe haber
ninguna relación entre la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas con el
partido que detente un gobierno.
Así las cosas, tendríamos un militar o un policía, consciente,
valiente y disciplinado, pero debe recibir ese conocimiento mediante la
doctrina, la instrucción, la educación y la formación. La
profesionalización debe pasar de una publicidad a una realidad.
“La buena doctrina genera la excelente disciplina. La Justicia relacional la reafirma”.
Hasta la próxima.
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