
Santo Domingo, RD.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE),
acató este sábado en todas sus partes el dispositivo de la Sentencia
TSE-699-2020, emitida por el Tribunal Superior Electoral (TSE), en fecha
4 de julio de 2020, donde ordena que se permita el voto a todos los
electores que lleguen a los colegios electorales antes de las cinco de
la tarde.
La sentencia deja sin efecto la decisión de la Junta Central Electoral que ordenaba el cierre de los colegios electorales a las cinco pasado meridiano y que a partir de ahí sólo podían ejercer el voto los electores en fila hasta las cinco y 30 de la tarde.
El comunicado de la Junta Centra Electoral dice lo siguiente:
“La Junta Central Electoral hace de público conocimiento que acata en todas sus partes el dispositivo de la Sentencia TSE-699-2020 emitida por el Tribunal Superior Electoral (TSE) en fecha 4 de julio de 2020; al mismo tiempo, y en atención a la indicada decisión, con respecto al horario de votación que regirá para las elecciones de mañana 5 de julio de 2020, instruye lo siguiente:
PRIMERO: Ordenar, a fin de garantizar la transparencia y la integridad del proceso electoral, que a las cinco de la tarde (5:00 pm) se cierren las puertas de los recintos de votación habilitados, con el propósito de que no ingrese al recinto ningún elector a partir de esa hora. En consecuencia:
Fuente: [ + ] La sentencia deja sin efecto la decisión de la Junta Central Electoral que ordenaba el cierre de los colegios electorales a las cinco pasado meridiano y que a partir de ahí sólo podían ejercer el voto los electores en fila hasta las cinco y 30 de la tarde.
El comunicado de la Junta Centra Electoral dice lo siguiente:
“La Junta Central Electoral hace de público conocimiento que acata en todas sus partes el dispositivo de la Sentencia TSE-699-2020 emitida por el Tribunal Superior Electoral (TSE) en fecha 4 de julio de 2020; al mismo tiempo, y en atención a la indicada decisión, con respecto al horario de votación que regirá para las elecciones de mañana 5 de julio de 2020, instruye lo siguiente:
PRIMERO: Ordenar, a fin de garantizar la transparencia y la integridad del proceso electoral, que a las cinco de la tarde (5:00 pm) se cierren las puertas de los recintos de votación habilitados, con el propósito de que no ingrese al recinto ningún elector a partir de esa hora. En consecuencia:
- a) En caso de que el día cinco (5) de julio de dos mil veinte (2020) a la hora del cierre de la votación, es decir a las cinco de la tarde (5:00 pm) hubiere electores en la fila del colegio electoral, el presidente del colegio ordenará que no se permita a nadie más ingresar a dicha fila, según lo previsto en el artículo 230 de la Ley núm. 15-19;
- b) De inmediato, el presidente del colegio acompañado del segundo vocal y los delegados acreditados procederá a contar las personas en la fila y a recoger las cédulas de cada una de ellas, las cuales quedarán en poder del presidente del colegio. Una vez hayan sido recogidas las cédulas no se permitirá a ningún elector entrar a la fila del colegio electoral, lo cual deberá ser garantizado por el presidente del colegio con el auxilio de la Policía Militar Electoral;
- c) Los electores cuyas cédulas fueron recogidas se presentarán a ejercer el sufragio en el mismo orden de la fila, hasta concluir con el último de ellos. Todo lo anterior deberá ocurrir en un tiempo objetivamente razonable a la luz de la práctica electoral nacional y comparada y por la situación de salud que actualmente impera en República Dominicana”.
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